El legado de un gran hombre: Dr. Juan Manuel Pellerano Gómez
Fecha publicación:En otras publicaciones nos hemos referido, entre otros temas, a la vida en Constitución, al amparo, al sentido y alcance de la cláusula de Estado Social y Democrático de Derecho, al contenido de una serie de derechos fundamentales, y en algunas otras nos hemos referido al Dr. Juan Manuel Pellerano Gómez como un visionario, en tanto que se define como “visionario” a aquel “que se adelanta a su tiempo o tiene visión de futuro” o que “ser visionario implica ver “algo” que los demás no, y en lugar de descartarlo, darle forma y vida, planear de lo más grande hacia lo más inmediato”. Luego de su fallecimiento el pasado sábado 4 de noviembre, dedicar estas brevísimas líneas a su persona es, más que un honor, un merecido acto de justicia.
Sin lugar a dudas, ese 4 de noviembre se nos fue un maestro [de la vida terrenal], no así de otros ámbitos; pues sus enseñanzas se mantendrán en la perennidad del acervo jurídico de todo abogado dominicano. Un maestro que propugnaba por un país donde el poder político no sea un muro en el libre ejercicio de las prerrogativas reconocidas a través de la Constitución y los Tratados Internacionales que nos son vinculantes, donde los principios y valores que sustentan nuestro ordenamiento jurídico no sean como palabras pronunciadas por mudos y escuchadas por sordos; muy por el contrario, no descansó hasta materializar su idea y visión de que efectivamente la República Dominicana sea un Estado regido por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el imperio de la ley y la justicia, donde cada dominicano tenga a su alcance las herramientas básicas para ejercer su sagrado derecho de acceso a la justicia, derecho de defensa y de tutela judicial efectiva.
Más concretamente, un ejemplo de la grandeza del maestro Pellerano es que muy a pesar de las circunstancias y realidades fácticas y jurídicas del entorno en que se desarrollaba como profesional, mirando más allá de sus simples intereses como abogado frente a un caso concreto, fue artífice de lo que hoy en día significa, sin lugar a dudas, la vía abierta por excelencia para que todos los dominicanos podamos libremente reclamar ante los tribunales la protección inmediata de nuestros derechos fundamentales cuando resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de toda autoridad pública o de particulares, para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o acto administrativo, para garantizar los derechos e intereses colectivos y difusos, de manera preferente, sumaria, oral, pública, gratuita y no sujeta a formalidades: la Acción de Amparo.
Y es que cuando nuestra Carta Magna establece que ella se fundamenta (la Constitución) en el respeto a la dignidad humana, así como que la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho fundado, entre otras cosas, en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales; cuya finalidad esencial es la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas; lo que nos quiere decir es justamente lo que, con otras palabras ha expresado Pellerano Gómez: “Esa protección abarca todos los atentados de que pudieran ser objeto, sin distingos de ninguna especie, ni siquiera cuando las violaciones puedan provenir de representantes o empleados de algún poder del Estado”.
Finalmente, concluimos esta breve reflexión recordando aquella aseveración que hiciéramos en otra entrega, destacando que lo que era una preocupación para el Dr. Pellerano desde hace ya muchos años, debe ser la preocupación primordial para aquellos que dirigen todas las políticas públicas y debe ser por igual la piedra angular donde se sustente cada acción del Estado dominicano, pues sin este componente esencial no tendría sentido la Constitución: la persona, o de otra manera más particular, ese “dominicano de a pie” que día a día tiene que luchar por que sus derechos no sean desconocidos, ese “dominicano de a pie” por el que un visionario puso todos sus esfuerzos para que mediante acciones constitucionales y legales pueda exigir sus prerrogativas. Gracias, Maestro; gracias Dr. Juan Manuel Pellerano.
Publicado en la columna Observatorio Constitucional de Listín Diario.