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Aviso No. 36-20 emitido el 1ro de abril de 2020 por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)

Se le concede a los contribuyentes con acuerdos de pago  vigentes al 1ro de abril de 2020, una extensión automática de 3 meses a los pagos de las cuotas que vencen en abril, mayo y junio 2020. Quedan vigentes las facilidades establecidas en el Aviso No. 23-20 del 19 de marzo de 2019 respecto a la reducción del 50% del valor actual de las cuotas relacionadas con todos los acuerdos de pago. Esta facilidad no aplica para los pagos generados con la presentación de la Declaración Jurada del ITBIS (IT-1) correspondiente a febrero 2020 ni para los pagos que se puedan generar con la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Personas Jurídicas (IR-2) con fecha de cierre 31 de diciembre de 2019 ya que cuentan con otras facilidades previamente anunciadas por DGII.