Resolución 27/2020 del Ministerio de Trabajo que modifica Resolución 23/2020 sobre Regulación del Teletrabajo
El pasado 12 de noviembre el Ministerio de Trabajo dictó la Resolución No. 23/2020 sobre la Regulación del Teletrabajo como modalidad especial de trabajo, la cual, entre otras disposiciones establece que los acuerdos pactados con anterioridad a la misma deben adecuarse a las disposiciones de ésta en un plazo de 30 días de su emisión y comunicarse a la Dirección General de Trabajo.
No obstante, debido a las actuales condiciones laborales generadas a raíz de la pandemia y las declaraciones de emergencia nacional desde el 19 de marzo de este año, todavía existe un importante número de trabajadores que se encuentran prestando servicios bajo esta modalidad, lo que se convertía en un impedimento para que las empresas pudieran cumplir con la formalidad de comunicación de las acuerdos de teletrabajo o adendas dentro del plazo señalado en la Resolución No. 23/2020 antes citada.
En ese tenor, y ante solicitudes de diversos actores del sistema, donde solicitaban la extensión de ese plazo, el Ministerio de Trabajo consideró prudente atender esos pedimentos y emitir una resolución que respondiera a tales planteamientos, ejecutándose mediante la Resolución No. 27/2020 de fecha 11 de diciembre de 2020 publicada en la página web del Ministerio de Trabajo y en medios digitales en fecha 14 de diciembre de 2020.