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Finaliza el plazo para la entrega gratuita de fundas plásticas en comercios de la República Dominicana

Actualización 5 de noviembre 2025

Tras la revisión presidencial a la Ley sobre gestión integral de residuos sólidos, el Poder Ejecutivo dispuso un nuevo plazo de 12 meses para el desmonte de las fundas plásticas, los plásticos de un solo uso y el foam. Esta disposición modifica el vencimiento previamente establecido en octubre, otorgando un período adicional para que los sectores productivos y comerciales puedan adecuarse a las nuevas exigencias ambientales sin afectar la libre competencia ni la estabilidad económica de las industrias involucradas.

El pasado 2 de octubre de 2025 venció el período de gracia establecido en la Ley núm. 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, que prohíbe la entrega gratuita de fundas plásticas de un solo uso y el uso de envases de poliestireno expandido (foam) en comercios y establecimientos del país.

Finaliza el plazo para la entrega gratuita de fundas plásticas en comercios de la República Dominicana El pasado 2 de octubre de 2025 venció el período de gracia establecido en la Ley núm. 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, que prohíbe la entrega gratuita de fundas plásticas de un solo uso y el uso de envases de poliestireno expandido (foam) en comercios y establecimientos del país. Esta disposición, contenida en el artículo 172 de la ley, otorgó un plazo de cinco años para que las empresas y establecimientos comerciales migraran hacia alternativas sostenibles, como bolsas reutilizables o biodegradables, en cumplimiento con los objetivos de reducción de residuos y economía circular promovidos por el Estado dominicano. El propósito de esta medida es reducir la contaminación ambiental causada por el uso masivo de plásticos, fomentar el consumo responsable y promover la transición hacia modelos de producción más sostenibles. De manera paralela, la propuesta legislativa que busca modificar la Ley 225-20 continúa en debate en el Congreso Nacional y será posteriormente remitida al Poder Ejecutivo para su revisión. El presidente Luis Abinader ha anticipado que observará la pieza legislativa, enfatizando la necesidad de que la normativa garantice la transparencia y la libre competencia en la gestión de residuos, sin favorecer intereses particulares ni concentraciones de poder. Durante las discusiones legislativas se planteó la posibilidad de extender el plazo por cinco años adicionales, con el argumento de permitir a las pequeñas y medianas empresas un mayor tiempo de adaptación. Sin embargo, el Ejecutivo ha manifestado su intención de no promulgar dicha extensión, atendiendo a la posición de sectores industriales y ambientales que abogan por el cumplimiento estricto del mandato legal. Entre las medidas destacadas del artículo 172 se incluyen: Prohibición del foam y plásticos de un solo uso: A partir del 2 de octubre de 2025, queda prohibido el uso de envases de poliestireno expandido (foam) para alimentos y bebidas. Los productores deberán integrarse a programas de responsabilidad extendida, asegurando la recuperación, tratamiento y disposición segura de los residuos mediante materiales oxodegradables o biodegradables. Evaluación anual: El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales realizará estudios anuales para evaluar el impacto de estas medidas y proponer nuevas acciones correctivas. Eliminación de fundas plásticas gratuitas: Desde la entrada en vigor del artículo, los comercios no podrán entregar gratuitamente bolsas plásticas de un solo uso, las cuales deberán ser reciclables, ecoeficientes y contener mensajes de concienciación ambiental. Con esta medida, la República Dominicana reafirma su compromiso con la protección del medio ambiente y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), impulsando una cultura empresarial más responsable y consciente de su impacto ambiental.

Un cambio histórico hacia la sostenibilidad

Esta disposición, contenida en el artículo 172 de la ley, otorgó un plazo de cinco años para que las empresas y establecimientos comerciales migraran hacia alternativas sostenibles, como bolsas reutilizables o biodegradables, en cumplimiento con los objetivos de reducción de residuos y economía circular promovidos por el Estado dominicano.

El propósito de esta medida es reducir la contaminación ambiental causada por el uso masivo de fundas plásticas, fomentar el consumo responsable y promover la transición hacia modelos de producción más sostenibles.

Por lo tanto, este cambio no solo representa un avance ambiental, sino también un impulso hacia una cultura empresarial más consciente y alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Debate legislativo sobre la aplicación de la ley

De manera paralela, la propuesta legislativa que busca modificar la Ley 225-20 continúa en debate en el Congreso Nacional y será posteriormente remitida al Poder Ejecutivo para su revisión.

El presidente Luis Abinader ha anticipado que observará la pieza legislativa, enfatizando la necesidad de que la normativa garantice la transparencia y la libre competencia en la gestión de residuos, sin favorecer intereses particulares ni concentraciones de poder.

En consecuencia, durante las discusiones legislativas se planteó la posibilidad de extender el plazo por cinco años adicionales, con el argumento de permitir a las pequeñas y medianas empresas un mayor tiempo de adaptación.

Sin embargo, el Ejecutivo ha manifestado su intención de no promulgar dicha extensión, atendiendo a la posición de sectores industriales y ambientales que abogan por el cumplimiento estricto del mandato legal.

Actualización: 5 de noviembre 2025

El presidente Luis Abinader remitió observaciones a la Ley sobre gestión de residuos sólidos aprobada recientemente por el Congreso, con el propósito de lograr un equilibrio entre la libre empresa y la protección del medio ambiente y los recursos naturales.

Entre las modificaciones planteadas, se establece un período de 12 meses para eliminar gradualmente los plásticos de un solo uso y el foam, tal como dispone la ley. Sin embargo, se otorga una prórroga de 24 meses para los envases tipo “laptop” —platos con tapas integradas— y las bandejas, debido a que actualmente no existen sustitutos económicamente viables.

Cobro de fundas plásticas no biodegradables
Asimismo, se fija un plazo de 12 meses para que los establecimientos comerciales comiencen a cobrar las fundas plásticas no biodegradables. Durante ese tiempo, deberán desarrollar campañas de sensibilización orientadas a promover el uso de bolsas reutilizables o ecológicas.

Además, a partir de 60 días de promulgada la ley, quedará prohibida la importación de productos plásticos no biodegradables, como calimetes, cubiertos, tapas y artículos similares.

En la comunicación dirigida al presidente del Senado, Ricardo de los Santos, Abinader señaló que sus observaciones se sustentan en la protección del medio ambiente, la promoción de la libre competencia, la oposición a prácticas monopólicas y el fomento de modelos industriales sostenibles.

Entre los cambios sugeridos destaca la redefinición de los criterios para ubicar estaciones de transferencia, rellenos sanitarios y plantas de valorización, a fin de que no se limiten por zonas geográficas, sino por parámetros técnicos y de distancia adecuados. También se subraya la necesidad de preservar la autonomía municipal, evitando que la ley restrinja las competencias constitucionales de los ayuntamientos sobre el uso de suelo.

El Poder Ejecutivo también propuso ajustar el plazo mínimo de los contratos entre el Fideicomiso DO Sostenible y los gestores autorizados, con el objetivo de alinearlos con las normas nacionales e internacionales de competencia económica.

En cuanto a las tarifas de pago a los gestores privados, el presidente mantuvo la base actual, descartando aumentos excesivos. No obstante, autorizó al fideicomiso a revisar anualmente las tarifas conforme a los costos operativos, márgenes de beneficio, inflación, devaluación y gastos de transporte.

Finalmente, las observaciones presidenciales ponen énfasis en fortalecer la regulación sobre el uso de plásticos y foam, reduciendo los plazos para su eliminación e impulsando acciones inmediatas como la responsabilidad extendida de los productores, la disminución de fundas plásticas en el comercio y la implementación de programas de retorno de envases.

 

Medidas destacadas del artículo 172

Entre las medidas más importantes incluidas en el artículo 172 de la Ley 225-20 se encuentran:

Prohibición del foam y plásticos de un solo uso

A partir del 2 de octubre de 2025, queda prohibido el uso de envases de poliestireno expandido (foam) para alimentos y bebidas.

Los productores deberán integrarse a programas de responsabilidad extendida, asegurando la recuperación, tratamiento y disposición segura de los residuos, mediante el uso de materiales oxodegradables o biodegradables.

Este paso es fundamental para disminuir la dependencia de materiales contaminantes y acelerar la sustitución de las fundas plásticas por opciones más limpias y ecológicas.

Evaluación anual

Asimismo, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales realizará estudios anuales para evaluar el impacto de estas medidas y proponer nuevas acciones correctivas. Estos informes permitirán monitorear el cumplimiento de la Ley 225-20 y fortalecer la política pública en materia de sostenibilidad.

Eliminación de fundas plásticas gratuitas

Desde la entrada en vigor del artículo, los comercios no podrán entregar gratuitamente fundas plásticas de un solo uso.

En adelante, las bolsas deberán ser reciclables, ecoeficientes y portar mensajes de concienciación ambiental que promuevan el cambio de hábitos en la población.

De igual forma, este punto marca un antes y un después en la gestión de residuos en la República Dominicana, ya que incentiva a los consumidores a reutilizar sus bolsas y a las empresas a adoptar envases biodegradables y empaques responsables.

Compromiso nacional con el medio ambiente

Con la aplicación plena de la Ley 225-20, la República Dominicana reafirma su compromiso con la protección del medio ambiente, la reducción de residuos y la adopción de prácticas sostenibles que fortalezcan la economía verde.

Esta medida no solo protege los ecosistemas naturales, sino que impulsa a las empresas a innovar, crear alternativas ecológicas y contribuir activamente al desarrollo sostenible del país.

En definitiva, la eliminación de las fundas plásticas gratuitas y la prohibición del foam simbolizan un paso firme hacia un futuro más limpio, consciente y respetuoso con el entorno.

Finalmente, con esta transformación, el país da un ejemplo regional de cómo la legislación puede convertirse en motor de cambio y sostenibilidad.