República Dominicana propone nuevas reglas para regular las rentas de corta estadía
El Ministerio de Turismo sometió a consulta pública dos proyectos de resolución orientados a formalizar y regular la operación de los alojamientos de corta estadía en la República Dominicana. Las propuestas contemplan la creación de nuevos registros, requisitos para los inmuebles y responsabilidades para propietarios, administradores, anfitriones y plataformas digitales.
Una de las principales medidas sería la creación del Registro Nacional de Hospedaje Turístico (Renatur), concebido como una plataforma para identificar y registrar los inmuebles ofrecidos bajo esta modalidad. Su inscripción sería obligatoria para villas, apartamentos, casas, habitaciones, bungalows y otras unidades habitacionales destinadas al hospedaje por períodos cortos.
Cada propiedad tendría que registrarse de manera individual. Una vez completado el proceso, el Ministerio de Turismo emitiría una credencial que deberá colocarse en un lugar visible del inmueble e incluiría un enlace para consultar la información correspondiente.
Requisitos para registrar los inmuebles
Entre los documentos contemplados por las propuestas se encuentran la identificación del propietario y del administrador, cuando corresponda; la autorización expresa para gestionar el inmueble; información de contacto y ubicación; documentación societaria, si aplica; y una póliza de responsabilidad civil.
En el caso de propiedades sometidas al régimen de condominios, también se solicitaría documentación que permita comprobar que la administración no presenta objeciones a la utilización del inmueble para rentas de corta estadía. Si existe una prohibición, la propiedad no podría ser registrada ante el Ministerio de Turismo.
Para inmuebles que no se encuentren bajo un régimen formal de condominio, se contempla la presentación de una declaración de la asamblea de propietarios que confirme que este tipo de alquiler está permitido y establezca las condiciones aplicables.
Obligaciones para administradores y prestadores de servicios
Los proyectos diferencian las funciones del propietario, el administrador, el prestador de servicios y el anfitrión, atribuyendo requisitos específicos a cada uno.
Los administradores tendrían que obtener un Registro Único Turístico, acreditar su identidad, presentar sus datos de contacto y mantenerse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Cuando actúen en representación del propietario, también deberán demostrar que cuentan con la autorización correspondiente.
Por su parte, los prestadores de servicios tendrían que registrar los inmuebles bajo su gestión, aportar la documentación requerida e identificar al anfitrión responsable de la atención de los huéspedes.
Responsabilidades para las plataformas digitales
Las plataformas digitales utilizadas para promocionar y reservar estos alojamientos también asumirían nuevas responsabilidades.
De aprobarse las resoluciones en los términos propuestos, plataformas como Airbnb y Booking tendrían que verificar que las propiedades cuenten con el registro correspondiente. Aquellos alojamientos que no completen el proceso dentro de los plazos establecidos dejarían de ser publicados y comercializados a través de estas plataformas.
Las propuestas también contemplan que los operadores informen al Ministerio de Turismo sobre determinadas conductas que ocasionen el retiro o veto de una propiedad, lo que podría dar lugar a la revisión o revocación de su registro.
Condiciones de seguridad e higiene
Los inmuebles destinados a rentas de corta estadía tendrían que cumplir con las normas nacionales aplicables en materia de seguridad, higiene, densidad y protección al consumidor.
El Ministerio de Turismo estaría facultado para realizar inspecciones y visitas de verificación. El incumplimiento de las condiciones exigidas o la difusión de publicidad engañosa podría ocasionar la revocación del registro y, en consecuencia, impedir que el alojamiento continúe operando formalmente en este mercado.
Los borradores contemplan un período de seis meses para que los prestadores de alojamiento completen su proceso de adecuación. También establecen plazos para que las plataformas digitales soliciten y verifiquen las constancias de registro de las propiedades anunciadas.
Posibles efectos para el mercado inmobiliario-turístico
La eventual aprobación de estas disposiciones representaría un cambio importante para el mercado de rentas de corta estadía en la República Dominicana. Propietarios, administradores, inversionistas y desarrolladores inmobiliarios tendrían que revisar las condiciones legales, contractuales, tributarias y operativas de los inmuebles destinados a esta actividad.
También cobrarían mayor relevancia las disposiciones contenidas en los reglamentos de condominios, contratos de compraventa y demás documentos que determinen los usos permitidos dentro de cada proyecto inmobiliario.
Por el momento, las medidas no se encuentran vigentes. Al tratarse de proyectos sometidos a consulta pública, su contenido podría experimentar modificaciones antes de la emisión de las resoluciones definitivas.
Fuente : Diario Libre