Mecanismos de Protección de los Accionistas
Fecha publicación:Existen ciertos mecanismos para la protección de los intereses y derechos de los accionistas minoritarios y mayoritarios. Los derechos de los accionistas minoritarios pueden ser protegidos a través de un mecanismo llamado “tag along” o derecho de acompañamiento y los derechos de los accionistas mayoritarios a través de un mecanismo denominado “drag along” o derecho de arrastre.
El tag along y el drag along son mecanismos que persiguen regular la relación entre los accionistas minoritarios y mayoritarios a través del establecimiento de reglas a seguir ante un proceso de adquisición o transferencia de acciones. Estos tienen como finalidad evitar que se produzca algún problema en la realización de las operaciones de la sociedad tendentes al cumplimiento del objeto social. Estas reglas se establecen a través de obligaciones contractuales entre los accionistas que se incluyen en el pacto de accionistas y/o los estatutos de la sociedad.
La cláusula tag along se introduce en los estatutos con la finalidad de proteger los derechos e interés de los accionistas minoritarios ante la eventual salida de un accionista mayoritario. Esta consiste en que cuando un accionista mayoritario decide vender sus acciones, los accionistas minoritarios tienen el derecho de unirse a la transacción y enajenar de manera conjunta sus acciones. Es decir, que ante el escenario de que un tercero manifieste su interés en adquirir las acciones de uno de los accionistas mayoritarios, el resto de los accionistas tendrán el derecho de ofrecer sus acciones al tercero interesado en los mismos términos y condiciones realizados por el accionista mayoritario y de esta manera desvincularse de la sociedad ante un cambio de control en la misma.
La cláusula drag along tiene por propósito proteger los derechos de los accionistas mayoritarios. La misma consiste en que cuando un tercero manifiesta su interés de adquirir la totalidad de las acciones de la sociedad, el socio mayoritario puede obligar a los accionistas minoritarios a que vendan sus acciones. Esta cláusula se utiliza para que el socio mayoritario pueda negociar la venta de la totalidad de las acciones de la sociedad y que ningún accionista minoritario pueda oponerse. Al respecto, es importante aclarar que esta obligación es vinculante a aquellos accionistas minoritarios que efectivamente hayan otorgado su consentimiento al momento de ser incluida dicha disposición en los estatutos sociales.
A modo de conclusión, es posible afirmar que la cláusula tag along es un derecho de los accionistas minoritarios que les permite unirse al proceso de transferencia de las acciones de un accionista mayoritario. Por otro lado, la cláusula drag along beneficia a los accionistas mayoritarios en la venta de sus acciones y les facilita las negociaciones con los terceros, puesto que les otorga la potestad de negociar la totalidad de las acciones de la sociedad; manteniendo estas cláusulas el equilibrio de los intereses de los accionistas minoritarios y mayoritarios mediante la participación equitativa en la toma de decisiones, el esclarecimiento de sus derechos, responsabilidades y compromisos.