AJUSTE POR INFLACION PARA EL AÑO 2012 -3ra. Parte-
En esta ocasión concluimos con la Sección IV del Aviso No. 4 "A LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA" de fecha 13 de enero de 2012 publicado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 327 Ley No. 11-92 de fecha 16
AJUSTE POR INFLACION PARA EL AÑO 2012 -2da. Parte-
En las dos publicaciones anteriores hemos estado analizando varias secciones del Aviso No. 4 "A LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA" de fecha 13 de enero de 2012 publicado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 327 Ley No. 11-92 de
AJUSTE POR INFLACION PARA EL AÑO 2012
La semana anterior analizamos la dos primeras secciones del Aviso No. 4 "A LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA" de fecha 13 de enero de 2012 publicado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 327 Ley No. 11-92 de fecha 16
Tabla de Retención DGII año 2012
Leer PDF: Tabla de Retención DGII año 2012 República Dominicana DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC: 401-50625-4 “Año del Fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho” AVISO A LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA I. MULTIPLICADOR PARA EL AJUSTE POR INFLACIÓN En cumplimiento con lo establecido en el Artículo 327 del Código Tributario de la República
IMPUESTO DE LAS PERSONAS FISICAS
El Artículo 296 de la Ley No. 11-92 de fecha 16 de mayo de 1992 que instituye el Código Tributario (en lo adelante, el Código) establece que las personas naturales o físicas, residentes o domiciliadas en el país, deberán pagar sobre la renta neta gravable del ejercicio fiscal, las sumas
Obligaciones formales de los empleadores al inicio de cada año
El Principio Fundamental IX de la Ley No. 16-92 de fecha 29 de mayo de 1992, que instituye el Código de Trabajo (en lo adelante, el Código) consagra que "el contrato de trabajo no es el que consta en un escrito, sino el que se ejecuta en hechos", principio conocido
Naturaleza de los beneficios otorgados a expatriados
Debido a la globalización, cada vez más aumenta el número de personal extranjero que es movilizado entre las sucursales de grupos económicos en diferentes jurisdicciones. Regularmente, estos grupos económicos elaboran sus "Políticas de Expatriados" en las cuales se incluyen beneficios que pretenden compensar a dichos empleados por el cambio en
Compensación y/o reembolso de los saldos a favor en el ITBIS para exportadores de bienes y productores locales de bienes exentos
El Artículo 350 del Código Tributario dominicano contempla un mecanismo especial para que los exportadores de bienes y los productores locales de bienes exentos del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) puedan disponer de un procedimiento expedito que les permite obtener la compensación y/o reembolso de
Bonificación
Para los fines de la Ley No. 16-92 del 29 de Mayo de 1992 ("Código de Trabajo"), todo empleador está obligado a otorgar una participación equivalente al diez por ciento de las utilidades o beneficios netos anuales a todos sus trabajadores por tiempo indefinido, bajo los límites establecidos por las