DGII actualiza límites de pagos en efectivo para combatir el lavado de activos

Santo Domingo, República Dominicana. – La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que, mediante la Resolución Conclafit-2025-01 emitida el 1 de septiembre de 2025, se actualizaron los montos máximos permitidos para realizar pagos en efectivo conforme al artículo 64 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Estos umbrales son importantes porque establecen hasta cuánto dinero se puede pagar en efectivo en ciertos actos u operaciones antes de que se requieran medios de pago que dejen constancia fehaciente (como transferencias o cheques).
Nuevos umbrales
| Acto u operación | Umbral actualizado |
| Constitución o Transmisión de derechos sobre inmuebles | RD$1,500,000.00 |
| Constitución o Transmisión de derechos, sobre vehículo de motor, aeronaves y embarcaciones | RD$800,000.00 |
| Transmisión de propiedad de relojes, joyas preciosas | RD$700,000.00 |
| Para los literales d, e, f y g del art. 64
|
RD$400,000.00 |
Estos límites se aplican, por ejemplo, a las transferencias de bienes inmuebles, trámites de vehículos y remolques y otros actos sujetos a control, y serán exigidos tanto a personas físicas como jurídicas.
Además, notarios públicos y otros funcionarios deberán verificar que los pagos que se realicen respeten estos límites y exigir comprobantes cuando corresponda.
Implicaciones para las empresas
La actualización de los montos máximos permitidos para pagos en efectivo supone ajustes relevantes para las empresas que participan en operaciones de alto valor, como desarrolladores inmobiliarios, concesionarios de vehículos, comerciantes de bienes suntuarios y otros actores económicos sujetos a la Ley 155-17.
A partir de la entrada en vigor de estos nuevos límites, las empresas deberán reforzar sus políticas internas de cobro y cumplimiento, rechazando pagos en efectivo que superen los umbrales establecidos y privilegiando el uso de medios de pago trazables, como transferencias bancarias o cheques.
Asimismo, se incrementa la responsabilidad en materia de control y documentación de las transacciones, ya que cada operación deberá contar con constancia fehaciente del pago y su origen, a fin de cumplir con los estándares de prevención del lavado de activos.
El incumplimiento de estas disposiciones puede exponer a las empresas a sanciones administrativas, retrasos en la formalización de actos jurídicos y a un mayor escrutinio por parte de las autoridades competentes, lo que hace indispensable una revisión oportuna de sus procesos contables y de cumplimiento normativo.
En este contexto, Pellerano & Herrera puede asistir a las empresas en la revisión de sus políticas internas y en la correcta aplicación de estos nuevos límites. Nuestro equipo está disponible para brindar asesoría legal personalizada.