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Inversión turística en República Dominicana: 5 claves legales y fiscales

Posicionamiento de la República Dominicana como destino de inversión

La inversión turística en República Dominicana se ha consolidado como una de las más atractivas del Caribe, aunque durante mucho tiempo la República Dominicana fue identificada principalmente como un destino de sol y playa, en los últimos años ha ganado reconocimiento como un escenario atractivo para la inversión turística y de capital.

Gracias a estos factores, se ha creado un entorno favorable para el desarrollo de proyectos sólidos en inversión turística, con verdadero potencial de sostenibilidad a largo plazo.

CONFOTUR: clave de la inversión turística en República Dominicana

El éxito de una inversión en turismo no depende solamente del capital disponible o de una buena idea. La verdadera ventaja competitiva surge cuando se diseña una estrategia que aproveche al máximo los incentivos fiscales, cumpla con las exigencias regulatorias y garantice la permanencia del proyecto en el tiempo. En este sentido, la Ley No. 158-01 de Fomento al Desarrollo Turístico (CONFOTUR) desempeña un rol esencial.

Esta normativa establece un régimen especial de exenciones fiscales por un período de diez (10) años, que incluye:

  • Impuesto sobre la Renta (artículo 4, literal a).
  • Impuestos nacionales y municipales sobre transferencias inmobiliarias y el Impuesto sobre Viviendas Suntuarias y Solares no Edificados –IVSS– (artículo 4, literal b).
  • Derechos de importación e ITBIS aplicables a equipos, materiales y mobiliarios necesarios para la construcción y equipamiento de proyectos turísticos (artículo 4, literal c).

Según cifras oficiales de la Presidencia de la República Dominicana, en 2024 más de cincuenta proyectos recibieron su clasificación definitiva bajo este régimen, lo que confirma la relevancia y vigencia de la ley como motor del desarrollo turístico. Para acceder a estos beneficios se exige un proceso riguroso.

Procedimiento y requisitos para acceder a beneficios fiscales

El inversionista debe presentar ante el Ministerio de Turismo un expediente que pruebe la viabilidad técnica, financiera y ambiental del proyecto, un requisito fundamental establecido por el Consejo de Fomento Turístico (CONFOTUR). Un simple error en la documentación, o el incumplimiento de los plazos, puede dar lugar a la suspensión de los beneficios, conforme al artículo 18. Además, el artículo 7 establece que los proyectos aprobados disponen de un plazo máximo de tres años para iniciar sus operaciones.

El incumplimiento de este requisito conlleva la pérdida parcial o total de las exenciones. En este aspecto, la experiencia de firmas especializadas como Pellerano & Herrera resulta determinante para guiar cada fase del procedimiento y garantizar que los proyectos cumplan con las disposiciones establecidas.

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Regulación ambiental y sostenibilidad en proyectos turísticos

El componente ambiental constituye otro aspecto esencial. La Ley No. 64-00 sobre Medioambiente y Recursos Naturales establece la obligatoriedad de someter estudios de impacto ambiental como requisito previo a la aprobación de obras de gran envergadura.

Este mandato legal busca preservar los recursos naturales y la sostenibilidad del entorno, pero al mismo tiempo se convierte en una herramienta de credibilidad y seriedad ante organismos financieros internacionales.

Un estudio de impacto ambiental bien formulado no solo previene sanciones o paralizaciones, sino que también abre puertas a certificaciones de sostenibilidad y a mecanismos de financiamiento verde cada vez más valorados en el mercado global.

Marco legal de la inversión turística extranjera en República Dominicana

Para los inversionistas extranjeros, la seguridad jurídica está reforzada por la Ley No. 16-95 sobre Inversión Extranjera, que garantiza la libertad de inversión, la repatriación de utilidades y la protección de capitales registrados en el país. De forma complementaria, la Ley No. 171-07 sobre Incentivos Especiales a los Pensionados y Rentistas de Fuente Extranjera otorga facilidades fiscales a ciudadanos extranjeros con ingresos estables que deciden residir en la República Dominicana, promoviendo así un segmento poblacional con alta capacidad de consumo y demanda de servicios turísticos. Estos marcos normativos fortalecen el atractivo del país como destino de inversión turística y retiro.

Alianzas público-privadas y desarrollo de infraestructura

Asimismo, la cooperación público-privada desempeña un papel creciente en el desarrollo de infraestructura turística. La Ley No. 47-20 sobre Alianzas Público-Privadas (APP) regula la colaboración entre el Estado y el sector privado para la ejecución de proyectos como:

  • Carreteras y vías de acceso, que garantizan la conectividad de los destinos turísticos.
  • Sistemas de agua y saneamiento, indispensables para el desarrollo sostenible.
  • Infraestructura energética, clave para la estabilidad de los proyectos turísticos.

La participación en este tipo de alianzas incrementa el valor y competitividad de la inversión turística, favoreciendo su sostenibilidad a largo plazo.

Licencias sectoriales y cumplimiento regulatorio

Además de los incentivos fiscales y ambientales, los proyectos de inversión turística deben cumplir con una serie de licencias sectoriales. Hoteles, agencias de viajes, operadores turísticos, restaurantes y marinas deben obtener la correspondiente licencia de operación del Ministerio de Turismo. Omitir este paso puede provocar sanciones económicas, cierres preventivos y, lo más delicado, un deterioro de la credibilidad de la empresa en un mercado altamente competitivo.

La trazabilidad documental, con expedientes completos y contratos debidamente registrados, se convierte así en una garantía de continuidad y en una protección frente a la pérdida de beneficios fiscales por errores administrativos.

Pellerano & Herrera ayuda a viabilizar inversión turística de US$250 millonesEl rol de Pellerano & Herrera en la inversión turística

En este marco, Pellerano & Herrera ha acompañado a inversionistas nacionales y extranjeros durante más de setenta años, ofreciendo un enfoque integral que abarca desde la verificación legal de los terrenos, incluyendo deslindes, servidumbres y cargas; hasta la obtención de permisos ambientales, clasificaciones CONFOTUR y la estructuración societaria de los proyectos.

Lo que distingue a la firma es su capacidad para anticipar la interacción entre los distintos procesos legales. La licencia de operación influye en la financiación bancaria, un permiso ambiental puede condicionar el diseño arquitectónico y el registro de la inversión extranjera aporta confianza a los mercados financieros.

Esta visión integral evita contratiempos, fortalece la credibilidad y asegura que los proyectos turísticos se consoliden con éxito. En un sector tan dinámico como el turismo caribeño, quienes cuentan con una asesoría especializada y una planificación rigurosa disponen de una ventaja que marca la diferencia.