Ley 47-25 de Contrataciones Públicas
La ley 47-25 de Contrataciones Públicas establece el marco legal que regula la forma en que el Estado dominicano adquiere bienes, contrata servicios y ejecuta obras con recursos públicos. Su objetivo principal es garantizar transparencia, eficiencia y legalidad en el uso del dinero del Estado, asegurando que los procesos de compras públicas respondan al interés general y al desarrollo sostenible.
Congreso Nacional de la República Dominicana
Objetivos de la ley 47-25
- Promover la transparencia en la gestión de los fondos públicos.
- Garantizar la igualdad de oportunidades para proveedores y contratistas.
- Favorecer la participación de las MIPYMES y sectores vulnerables.
- Fomentar la competencia leal y evitar prácticas corruptas o monopólicas.
- Impulsar el uso de la tecnología y la sostenibilidad en los procesos de compras.
Ámbito de aplicación de la ley 47-25
La ley aplica a:
- Ministerios, instituciones descentralizadas y organismos autónomos.
- Gobiernos locales (ayuntamientos y distritos municipales).
- Empresas públicas no financieras con más del 50% de capital estatal.
- Cualquier institución que maneje fondos públicos.
Quedan excluidas algunas contrataciones especiales, como: operaciones de crédito público, compra de vacunas en emergencias, contratos entre Estados o adquisiciones de INESPRE.
Principios fundamentales de la ley 47-25
Los procesos de compras públicas deben regirse por una serie de principios rectores que aseguran justicia y transparencia, entre ellos:
- Eficiencia y economía: seleccionar la oferta más conveniente técnica y económicamente.
- Igualdad de trato: todos los oferentes compiten en igualdad de condiciones.
- Libre competencia: evitar monopolios y fomentar la participación.
- Transparencia: garantizar acceso a la información y control social.
- Inclusión: participación de mujeres, personas con discapacidad y MIPYMES.
- Sostenibilidad: promover criterios ambientales y sociales.
Procedimientos de contratación
Los contratos del Estado se adjudican mediante procedimientos administrativos que incluyen:
- Convocatoria pública: llamado abierto para que proveedores presenten ofertas.
- Pliego de condiciones: documento que especifica requisitos técnicos, económicos y legales.
- Evaluación de ofertas: análisis técnico y financiero de las propuestas recibidas.
- Adjudicación: selección del proveedor que presenta la oferta más conveniente.
- Firma del contrato y ejecución: formalización legal y cumplimiento de las obligaciones.
Existen procedimientos ordinarios y excepcionales, dependiendo del monto, la urgencia o la naturaleza del contrato.
Instituciones clave en el sistema
- Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP): órgano rector que regula, supervisa y sanciona.
- Comités de contrataciones públicas: instancias internas en cada institución para aprobar procesos.
- Unidades operativas de contrataciones: equipos técnicos responsables de ejecutar los procesos de compra.
- Proveedores registrados: deben inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado (RPE).
Oportunidades para las MIPYMES y sectores vulnerables
Uno de los avances más importantes de esta ley es la inclusión de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), así como de sectores tradicionalmente marginados, como:
- Mujeres emprendedoras.
- Personas con discapacidad.
- Comunidades locales.
El Estado tiene la obligación de reservar parte de las compras públicas para estos grupos, contribuyendo a su desarrollo económico.
Impacto económico y social de la ley 47-25
La ley 47-25 no solo organiza las compras del Estado, sino que también tiene un fuerte impacto en la economía:
- Estimula la competitividad de los proveedores.
- Impulsa la formalización empresarial.
- Favorece la descentralización del desarrollo al priorizar gobiernos locales.
- Refuerza la confianza ciudadana al promover la rendición de cuentas.
Preguntas frecuentes (FAQ)
1. ¿Qué es la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas?
Es la normativa que regula cómo el Estado dominicano contrata bienes, servicios y obras con recursos públicos.
2. ¿Quién supervisa el cumplimiento de esta ley?
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), dependiente del Ministerio de Hacienda.
3. ¿Qué beneficios tiene para las MIPYMES?
Les otorga prioridad en ciertos procesos de compras, fomentando su crecimiento y formalización.
4. ¿Todas las instituciones públicas deben aplicar esta ley?
Sí, excepto en casos de contrataciones especiales o regímenes diferenciados.
5. ¿Qué pasa si una institución viola los principios de la ley?
Se pueden aplicar sanciones administrativas, civiles o penales, además de la nulidad del contrato.
6. ¿Cómo se garantiza la transparencia?
A través de sistemas electrónicos, publicaciones en portales oficiales y la posibilidad de veeduría ciudadana.
Conclusión
La ley 47-25 de Contrataciones Públicas representa un pilar fundamental en la transparencia y eficiencia del gasto público en República Dominicana. Al fomentar la inclusión de MIPYMES, mujeres y sectores vulnerables, además de impulsar la competencia y el desarrollo sostenible, esta normativa no solo regula las compras estatales, sino que también fortalece la confianza ciudadana y el crecimiento económico del país.
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