Retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISR) en la República Dominicana: empleados y proveedores
El Impuesto sobre la Renta (ISR) es uno de los principales tributos que grava los ingresos percibidos por personas físicas y jurídicas en la República Dominicana. Este impuesto puede ser retenido por ciertos pagadores —conocidos como agentes de retención— cuando efectúan pagos a terceros. Su propósito es adelantar el cobro de impuestos en favor de la Administración Tributaria.
En términos simples, el agente de retención descuenta del monto que debe pagar al beneficiario la parte correspondiente al impuesto (según las tasas fijadas por la ley) y luego declara y paga ese valor directamente a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en nombre del contribuyente objeto de la retención. De esta forma, actúa como un intermediario obligado entre el contribuyente y el Estado.
Por ende, el agente de retención es el sujeto responsable de cumplir con la obligación tributaria derivada de la retención. En caso de incumplimiento, puede ser objeto de sanciones por parte de la DGII, la cual tiene plena facultad de fiscalizarlo.
Fundamento legal
El fundamento legal de las retenciones fiscales en República Dominicana se sustenta en el Código Tributario (Ley 11-92) y sus modificaciones. Este código faculta a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) como la institución Encargada de verificar, determinar, recaudar y ejecutar el cobro de los tributos, así como a aplicar sanciones en caso de incumplimiento por parte de los contribuyentes.
Estas retenciones del ISR se aplicarán en las siguientes:
Retenciones de IRS a empleados asalariados
En el caso de los empleados bajo relación de dependencia, el empleador actúa como agente de retención del ISR sobre los salarios y demás remuneraciones gravadas. La ley establece una exención contributiva hasta un monto de ingreso anual determinado; es decir, los salarios bajos pueden estar totalmente exentos de ISR si no alcanza el mínimo de la base imponible para estos efectos según la escala salarial provista por la DGII
Para que se apliquen retenciones del ISR a los salarios se deben dar dos condiciones:
- Que la persona esté registrada en la nómina de la empresa.
- Que el salario del empleado esté por encima de RD$34,685 mensual.
Una vez se cumplen con las anteriores condiciones, entonces su salario mensual será evaluado en base a una escala anual que contiene tres tasas de tributación dependiendo del rango de ingresos anuales, 15%, 20% y una tasa máxima de 25%.
Escala anual
La siguiente escala de salarios es la que se encuentra vigente al 2025; sin embargo, estos montos son ajustados por el índice de inflación anual que es publicado por el Banco Central.
Escala anual |
Tasa |
Rentas hasta RD$416,220.00 |
Exento |
Rentas desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00 |
15% del excedente de RD$416,220.01 |
Rentas desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00 |
RD$31,216.00 más el 20% del excedente de RD$624,329.01 |
Rentas desde RD$867,123.01 en adelante |
RD$79,776.00 más el 25% del excedente de RD$867,123.01 |
Todo empleado que devengue más de RD$34,685 pesos al mes, es decir que exceda la exención contributiva, pagará ISR al Estado a través de la retención que le realizará su empleador mes por mes. Es preciso mencionar que estos montos retenidos se van acumulando para fines de futura pensión o futuro desempleo por discapacidad a través de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
¿Qué conceptos salariales se incluyen?
Además del sueldo básico, están sujetos a retención de ISR otros ingresos laborales como comisiones, horas extra, bonificaciones y la porción del sueldo número 13 o regalía pascual que exceda duodécima parte del salario anual. Las asignaciones de dieta y combustible están exentas de esta retención.
Retenciones del ISR a proveedores de bienes y servicios
Cuando una empresa contrata ciertos servicios a proveedores externos, también deben aplicar las siguientes retenciones:
- 10% para los servicios profesionales (Ej.: Alquiler de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles, honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por Personas Físicas no ejecutados en relación de dependencia).
- 2% cuando se trate de servicios técnicos (Ej.: albañilería, fumigación, limpieza, carpintería, pintura, ebanistería, plomería, transporte).
En el caso de proveedores sin registro
Estas retenciones se aplican también si el proveedor individual no está formalizado con comprobante fiscal; es decir, es un proveedor informal sin registro. En este caso la empresa emitirá un comprobante de compra especial y retendrá los impuestos de igual forma.
En caso de proveedores personas jurídicas (empresas) que brindan servicio
En las transacciones entre empresas por prestación de servicios o venta de bienes, no se aplica retención de ISR en condiciones normales. Es decir, si una compañía contrata a otra compañía para un servicio, la empresa receptora del pago será responsable de declarar y pagar su propio impuesto sobre la renta, sin que el pagador le retenga un porcentaje de ISR.
La excepción principal a esta regla ocurre cuando la ley designa expresamente ciertos casos especiales de retención, por ejemplo, pagos al exterior a no residentes, o pagos realizados por el Estado a sus suplidores.
Cuando el Estado o cualquier institución pública le paga a un proveedor por un bien o un servicio, por ley tiene que retenerle un 5% del dinero que le toca cobrar.
Esta retención es un adelanto del IRS y se aplica además de cualquier otra retención que pudiera tocarle.
Ahora bien, si el Estado contrata a una persona física no le retienen un 5%, sino que le retienen según las tasas específicas antes vistas:
- 10% si es por honorarios profesionales.
- 2% servicios técnicos.
- Si contratan a una empresa, entonces sí aplican normalmente el 5%.
Esta regla la creó la Ley 253-12 para asegurarse de que el Estado también ayude a cobrar impuestos de manera más eficiente.
Resumen
Comparativo de obligaciones del Agente de Retención del ISR: Empleados vs. Proveedores
Aspecto | Empleados | Proveedores (personas físicas) |
Base de cálculo y tasa aplicable | Se calcula sobre el salario acumulado, aplicando una escala progresiva según ingresos anuales. | Se aplica una tasa fija sobre cada pago individual, según el tipo de servicio. No existe monto exento. |
Sujeto y contexto de la retención | Aplica a personas bajo relación laboral directa. | Aplica a pagos a terceros independientes (sin vínculo laboral), generalmente por servicios. |
Quién actúa como agente de retención | Siempre el empleador frente a sus empleados. | Cualquier empresa, entidad privada o pública que pague por servicios a personas físicas. |
Naturaleza del impuesto retenido | La retención es el pago definitivo del ISR del empleado. | Es un anticipo del ISR. El proveedor debe presentar su declaración jurada anual y liquidar el impuesto final. |
Obligación adicional del contribuyente | El empleado no tiene que presentar declaración adicional si solo recibe ingresos por salario. | El proveedor debe declarar todos sus ingresos y gastos anualmente y pagar o solicitar reembolso según corresponda. |
En caso de incumplimiento
El incumplimiento en materia de retenciones conlleva costos elevados: el agente de retención se expone a pagar el impuesto no retenido, sumado a intereses y multas, y a posibles sanciones administrativas, como cierre temporal del establecimiento, suspensión de emisión de comprobantes fiscales, etc., dependiendo de la gravedad de la falta. Por el contrario, el cumplimiento de estas obligaciones ofrece a la empresa seguridad jurídica y financiera, evitando contingencias fiscales.
En definitiva, conocer la diferencia entre las retenciones aplicables a empleados y a proveedores no es solo una obligación técnica, sino una práctica clave para mantener la transparencia contable y el cumplimiento tributario. Una correcta interpretación y aplicación de estas reglas permite a las empresas anticiparse a contingencias fiscales, fortalecer su gestión interna y contribuir activamente a un sistema tributario más justo y eficiente. En un entorno donde las normativas evolucionan y la fiscalización se intensifica, estar al día y actuar con responsabilidad en materia de retenciones fiscales es una ventaja competitiva y un signo de madurez empresarial.