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¿Ha recibido una Carta FATCA?

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Muchos Expatriados estadounidenses están recibiendo Cartas FATCA de los bancos del extranjero alrededor del mundo. Los bancos están enviando estas cartas en anticipación al Reporte FATCA del I.R.S. para reportar la información financiera de los contribuyentes estadounidense en el extranjero. Una Carta FATCA es una carta de una Institución Financiera del Exterior (FFI) solicitando cierta información sobre el estado de la declaración de impuestos de los Contribuyentes estadounidenses. La Carta, probablemente, incluirá el formulario W-9 o W-8 BEN, las cuales el banco extranjero querrá devuelta relativamente pronto, llenada, firmada y fechada por el contribuyente, confirmado que el recipiente de la Carta es un Contribuyente estadounidense y sujeto a FATCA. En adición, el recibo de la Carta FATCA también significa que el Contribuyente ya ha sido identificado como un Contribuyente estadounidense por el FFI, y su nombre e información financiera será revelado al I.R.S. Lo más probable es que, si la cuenta del titular de la cuenta esta en cierto países, esta información ya ha sido publicada al I.R.S., ya que el primer intercambio FATCA se llevó a cabo en septiembre de 2015.

Los bancos revisan anualmente los registros y archivos de sus clientes. Si los registros bancarios contienen alguna indicación de una conexión de una persona estadounidense, como por ejemplo, si tienen un poder de representación (por sus siglas en inglés, PoA), o una autoridad de terceros a favor de una persona con una dirección estadounidense, o su lugar de nacimiento es en los Estados Unidos (que automáticamente hace a una persona ciudadano estadounidense), el banco va a escribir para preguntar sobre el estatus fiscal y el estado de residencia del Contribuyente estadounidense. Los bancos que no revelan los datos de una “Persona estadounidense” son sancionados bajo FATCA. En resumen, los bancos se han destacados por si mismos para actuar como reporteros de terceros para el I.R.S.

Es muy importante no ignorar una Carta FATCA. Esto es lo que hay que hacer, o no hacer:

1) Si el Contribuyente está totalmente en cumplimiento, y recibe una Carta FATCA, simplemente le responde al banco proveyendo la información solicitada.

2) Si el Contribuyente ignora la Carta FATCA, entonces la cuenta bancaria podría ser cerrada por el banco extranjero. Además, los detalles del Contribuyente se enviarán al I.R.S. de todas maneras. El Contribuyente será “red flagged” (codificado con bandera roja), y clasificado como no cooperador y recalcitrante. Este enfoque no es recomendable, y sólo producirá resultados muy negativos.

3) Si el Contribuyente estadounidense no está en cumplimiento con las declaraciones y reporte de los impuestos Estadounidenses, lo mejor es ponerse en contacto con un profesional estadounidense de impuestos, y tomar ventaja de los programas del I.R.S. que están diseñados para minimizar las potenciales consecuencias negativas para los contribuyentes estadounidenses del extranjero que no están en cumplimiento.

4) El Contribuyente necesitaría responderle al Banco, e informarles de que están en el proceso de presentación. Los bancos suelen proporcionar una extensión de 30 - 45 días.

Naturalmente, no resulta recomendable que los contribuyentes incurran en responsabilidad frente al I.R.S. por incumplimientos de esta naturaleza. El mejor acercamiento a este escenario es aprovechar los Programas de Divulgación Voluntaria del I.R.S. o el de los Procedimientos Racionalizados EE.UU en el Extranjero, disponibles ahora. Esto presenta particular relevancia si ya han recibido una Carta FATCA.

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